Según el acta correspondiente al 19 de octubre de 2020, el Consejo Nacional de Televisión decidió aplicar sanción contra Mega por una emisión del matinal “Mucho Gusto” en abril de 2020, cuando en medio de la cobertura por el brote de contagios en un cité de haitianos en Quilicura, se habrían expuesto antecedentes que vulneran la dignidad de las mismas personas.
El mismo documento señaló que “a través de un tratamiento intrusivo por parte de la concesionaria, se vieron expuestos antecedentes que se encuentran amparados por el derecho a la vida privada e intimidad de personas inmigrantes haitianas, entre las que se cuentan algunos menores de edad, desconociendo con ello su dignidad personal, e importando todo lo anterior una inobservancia del respeto al correcto funcionamiento de los servicios de televisión”.
Según los descargos de la televisora del Grupo Bethia, “se pretende sancionar por haber incurrido en una supuesta discriminación arbitraria en la entrega informativa o en haberse inmiscuido en la vida privada de las personas, sin que constituya una censura previa prohibida por la CPE y las leyes”. El representante ante el Consejo, Ernesto Pacheco, declaró en su minuto que “legítimamente querían saber y conocer si las conductas internas podían constituir un peligro para sus vidas o su familia. Desde esa
perspectiva, afirma que las imágenes que se captaron en su interior, no corresponden a una intromisión ilegítima a la vida privada o personal de las personas que en él habitan, sino que tenía por objeto comprobar la veracidad de las denuncias formuladas por los vecinos, en el sentido que el comportamiento personal de sus moradores era una de las razones del contagio masivo, lo que habría quedado en evidencia cuando llegó la autoridad sanitaria y los residentes le impidieron el acceso”.
Estos argumentos fueron determinados por el organismo de calle Mar del Plata, que señaló que “la concesionaria incurrió en una conducta susceptible de ser reputada como constitutiva de infracción al correcto funcionamiento de los servicios de televisión, por cuanto, sin encontrarse habilitada para ello, y traspasando de manera intrusiva la barrera de resguardo del recinto particular, no sólo registra y exhibe imágenes captadas mediante acercamientos al interior del referido recinto que sirve de morada para numerosas personas, sino que además registra sujetos especialmente vulnerables -entre los que se cuentan niños-, afectando con
ello el derecho a su vida privada e intimidad, y desconociendo de esa manera la dignidad personal inmanente a su condición humana”.
Además, el escrito agrega que “Se hace presente en este caso que, pese a que en algunas ocasiones se añaden efectos de postproducción y se coloca un difusor de imagen sobre algunas personas, no hace cambiar el reproche en
lo relativo a la obtención de las imágenes de manera posiblemente intrusiva, traspasando mediante el uso de un artilugio tecnológico -como el zoom-, la barrera que guarnece lo que ocurre al interior de un recinto privado”.
El mismo CNTV ha recalcado que se sancionó a Mega por cinco veces en lo que va de este año, por emisiones de la edición de la tarde de su noticiero y “Verdades Ocultas”. Además, se suma al reciente multazo hacia la televisora por el polémico corte de pelo de José Miguel Viñuela al camarógrafo José Miranda en el mismo matinal.
Ante esto, la señal dirigida por Patricio Hernández Pérez deberá pagar la suma de 100 UTM, “por vulnerar el correcto funcionamiento de los servicios de televisión”.