La cuestionada cobertura de brote de COVID-19 en un cité de haitianos en Quilicura no solo tuvo como resultado sendas sanciones por parte del Consejo Nacional de Televisión contra los matinales “Bienvenidos” (Canal 13) y “Mucho Gusto” (Mega), sino que también el organismo dirigido por Catalina Parot hizo lo propio con el noticiero del excanal católico.
Luego de analizar los contenidos de la emisión de “T13 Central” de los días 20 y 21 de abril de este año, la autoridad rectora de la televisión local estimó que “la no adopción de las medidas para el reguardo de la identidad de tres haitianos posiblemente portadores de Covid-19, podría tener efectos estigmatizantes en ellos – exhibidos a las 21:08:37, 21:09:14 y 21:09:54-, pudiendo ser percibidos como especialmente peligrosos en razón de su condición de salud, particularmente en el seno de su comunidad, lo que
constituye una injerencia ilegitima en la vida privada de los afectados, importando lo anterior un desconocimiento del derecho a la vida privada de ellos y, en consecuencia, un desconocimiento de su dignidad personal inmanente a ellos, trayendo consigo una infracción al concepto del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, el cual la concesionaria se encuentra obligada a observar permanentemente en sus emisiones”.
Además señaló que “si bien resulta indiscutible que el tema abordado es un
hecho de interés general, no resulta efectivo que el tratamiento de la noticia fue realizado conforme a derecho. En efecto, y como ya se ha señalado en el presente caso, resulta patente cómo la concesionaria, estando frente a sujetos vulnerables -no sólo en razón de su condición de migrantes, sino que también por ser posiblemente portadores de COVID-19–, no adoptó los resguardos debidos para proteger sus identidades con el consiguiente desmedro de sus derechos fundamentales”.
Agregó también que “basta la simple inobservancia de la norma infringida para que se produzca la responsabilidad infraccional que le cabe a la concesionaria a resultas de su incumplimiento, por lo cual el análisis de consideraciones de índole subjetiva, atinentes tanto al actuar de la infractora como de sus consecuencias, resulta innecesario, desestimando en consecuencia todas aquellas alegaciones relativas a la ausencia de dolo o de
intención de denigrar a personas o grupos determinados realizadas por la concesionaria”.
Por lo mismo, el CNTV decidió aplicar sanción contra la estación manjeada por Andrónico Luksic por las emisiones de los días 20 y 21 de abril de 2020 de “T13 Central” por 50 UTM cada uno, “fue expuesta la condición de salud e identidad de personas particularmente vulnerables, perturbando con esto su derecho a la vida privada e intimidad, pudiendo incluso llegar a ser estigmatizadas como potencialmente peligrosas, importando todo lo anterior un desconocimiento de su dignidad personal y una inobservancia del respeto debido al correcto funcionamiento de los servicios de televisión”.