La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó de forma unánime una millonaria multa aplicada contra Mega por cobertura sensacionalista del llamado “Caso Tomasito” en su noticiero de fin de semana “Meganoticias Alerta”, conducido por Rodrigo Sepúlveda.
El documento subido al sitio web del Poder Judicial reveló que la defensa del canal del Grupo Bethia, representada en el abogado Ernesto Pacheco, empleó en su argumento contra el organismo que “desde un comienzo, los hechos relativos a la noticia fueron ampliamente difundidos por todos los medios de comunicación social, tanto a través de sus plataformas tradicionales, como digitales, siendo absolutamente públicos y de interés general”.
“En ese contexto, las noticias e informaciones relacionadas con el único detenido y presunto responsable tuvieron su origen, especialmente, en el actuar e información proporcionada por la Fiscalía y las Policías y, por cierto, los medios recabaron las propias”, recalcó.
Además agregó que “los antecedentes expuestos en la noticia y en el Programa, fueron obtenidos, difundidos, analizados y comentados en ejercicio de la libertad de prensa e información y en el ejercicio de la profesión u oficio de periodista y, asimismo, fueron programados y definidos editorialmente por Megamedia de acuerdo con la libertad de programación, que como medio de comunicación, le cabe”.
La defensa además las emprendió contra el organismo de Calle Mar del Plata, alegando que “cuestiona y fundamenta los cargos imputados y, en definitiva, la sanción impuesta, en la manera en que, editorial y periodísticamente Megamedia decidió informar a la ciudadanía sobre un evidente hecho de interés público, lo cual es su prerrogativa y el CNTV no puede intervenir, ni cuestionar sus decisiones editoriales, ni menos sancionarlas”.
Sin embargo, el Consejo argumentó que “reprocha el tratamiento sensacionalista de la noticia, por sus efectos revictimizantes, que puso en riesgo la integridad psíquica de las víctimas sobrevivientes, donde no ha tenido en consideración el respeto que merecían en razón de su dignidad de seres humanos”.
Respondiendo a los reproches de “no se ha cuestionado el derecho de la concesionaria a informar sobre hechos de interés general sino que, lo que reprocha, son exclusivamente los medios empleados para ese fin, ya que, con la excusa de informar, Megamedia se ha valido de artificios cuyo único objetivo sería aprovecharse del morbo para captar el interés de la audiencia”.
Por todo lo anterior, se ratificó una multa de 150 UTM, el cual a juicio de la corte “se encuentra dentro de los parámetros establecidos para infracciones como la reprochada a la recurrente”.