El nivel de los noticieros en el último tiempo ha caido bajo, en consecuencia del empobrecimiento de la calidad de la TV chilena, y en este caso no ha salido gratis para TVN, porque el 29° Juzgado Civil de Santiago condenó a la señal pública a pagar una indemnización de 18 millones de pesos por daño moral, tras la emisión de un reportaje con antecedentes no chequeados o comprobados.
Según reza el sitio del Poder Judicial, el juez Matías Franulic Gómez estimó que el area de prensa de Bellavista 0990 actuó de manera negligente al atribuirle al demandante de la causa, antecedentes penales que no correspondían, todos sin sustento alguno.
El sujeto escatimó que luego de ser multado por Carabineros por ocultar la patente en la vía pública, dicho actuar de la policía se emitió en el noticiero “24 Horas” en junio de 2019 revelando datos personales sin su consentimiento, junto con revelar datos falsos sobre dicha persona, en el que el profesional lo señaló como un delincuente reincidente, imputándole sin justificación alguna los delitos de hurto, cuasidelito de lesiones, receptación y amenazas, junto con inventarle un apodo que ni siquiera era conforme a la realidad.
El demandante aseveró que esto le causó graves perjuicios a él y su familia, ya que sus amigos se preocuparon por esta lamentable situación, y sus dos hijos se burlaron de ellos tras la emisión del reportaje, junto con agravar su malestar psicológico.
En la audiencia, señaló que “concurre la responsabilidad civil del Canal, por el hecho propio, por las infracciones cometidas en el ámbito de su deber de cuidado como administrador de la emisora, ya que en el marco de su función aplicó una línea editorial de contenidos –y forma de abordarlos- negligente, y que aun cuando debían abstenerse de exhibir información completamente falsa y no acreditada, igualmente lo hicieron, lo que trae como resultado el daño a la dignidad, honra y privacidad de su persona. Por lo que estima que el daño es imputable a TVN y que debe repararlo íntegramente”.
Además, el daño moral experimentado es consecuencia del actuar negligente de la televisora, ya que “sería evidente que el real y único factor causante del resultado sería el actuar negligente del canal en la preparación, edición, promoción, exhibición y difusión del reportaje en su noticiero, al punto que de no haber existido tales conductas negligentes su persona no habría sufrido los perjuicios alegados en el presente libelo”.
En consecuencia, el tribunal falló a favor del ciudadano ya que estimó que “fue lesionado en su honra y gravemente, puesto que la información entregada –tampoco exenta de cierto nivel de mofa– afecta de manera significativa su propia percepción y la que los demás tienen de él”.
“En efecto, a los ojos de miles de personas el demandante ya fue juzgado, lo cual –como se ha dicho varias veces– no es cierto, viciando así dicho espacio periodístico el fondo de las cosas, puesto que adjudica responsabilidades criminales que ningún tribunal ha señalado con anterioridad por sentencia firme”, agregó.