TVenserio.com tiene el agrado de contribuir al debate serio, maduro y responsable, y sobre todo con altura de miras, respecto a la Nueva Constitución que se plebiscitará a la ciudadanía el próximo 4 de septiembre, y lo hacemos explicando con mucho más que peras y manzanas lo que implica para el ambiente que nosotros cubrimos: Los medios de comunicación.
Y en este primer capítulo ponemos la pelota en juego hablando acerca de la libertad de expresión, en el cual si nos vamos al Artículo 82 de la misma, nos encontraremos con el siguiente enunciado:
1. Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a la libertad de expresión y opinión, en cualquier forma y por cualquier medio, el cual comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole.
2. No existirá censura previa, sino únicamente las responsabilidades ulteriores que determine la ley.
Este es uno de los artículos más importantes ya que varios sectores no se han sentido representados por los vehículos comunicacionales de nuestro país, y es que tampoco es la idea censurarlos ya que eso queda bajo criterio editorial de cada medio.
El hecho de que “Toda persona, natural o jurídica, tiene derecho a la libertad de expresión y opinión” significa que las voces tanto de izquierda como de derecha pueden tener acceso libre a la información y a los espacios que puedan ser parte, tanto programas políticos como matinales. El resto queda bajo la responsabilidad de cada canal, sobre todo si alguno de estos actores se sobrepasa o se sale de libreto, y acá va lo siguiente…
Cuando se habla de “las responsabilidades ulteriores que determine la ley”, nos referimos a quienes ponen las reglas para que en nombre de la libertad de expresión no se menoscabe la dignidad de una persona o no se difundan falsedades. En el caso de la televisión tanto abierta como de cable, existe el Consejo Nacional de Televisión, que puede tanto formular cargos a los canales por algún tipo de contenido errático o bien aplicar las sanciones pertinentes, pero nunca sacar del aire un programa que no sea del agrado de la misma.
Acá siempre hemos dicho que la libertad de expresión conlleva a su vez una gran responsabilidad, y es que en nombre de ella no puedes decir falsedades de forma libre sin que tengas una sanción de por medio. Lamentablemente el único organismo capaz de fiscalizar lo que se emite en las estaciones es el anteriormente mencionado CNTV. La SUBTEL solo se encarga de fijar las reglas de cómo se implementan las estaciones de televisión y radio, más nunca de vigilar sus contenidos.
En Chile no va a pasar el caso de Venezuela en donde Hugo Chávez cerró Radio Caracas Televisión por su rol en el fallido golpe de estado de 2002, ni menos en Filipinas donde el sanguinario Duterte clausuró por segunda vez ABS-CBN por su postura crítica. Los criterios de a quién se invita a cada programa los fijan los mismos canales, y es responsabilidad tanto de ellos fijarlas como de nosotros, como medio con una postura crítica de la misma, de hacerles saber que en algunos casos aciertan y en otros fallan. De eso se trata la libertad de expresión, que la nueva Carta Magna así lo consagra.