¿Se le estará pasando la mano a “Contigo en la mañana”? En la sesión del 3 de octubre donde se le aplicó una millonaria multa de 150 UTM, el Consejo Nacional de Televisión resolvió formular cargos contra Chilevisión por la emisión del día 18 de julio de 2022.
El organismo en el acta correspondiente constató que recibieron en total ocho denuncias “en el que se informa de un asalto del cual fue víctima un joven voluntario de Bomberos, mientras estaba siendo entrevistado a través de un contacto en vivo desde la ciudad de Santiago para un programa del medio Ulfrovisión de la Región de La Araucanía. También se informa de una situación acontecida a un periodista del canal, quien es víctima de un asalto mientras se encontraba informando de un atropello a dos ciclistas –padre e hijo-, resultando fallecido el primero”, según reza el documento.
Una de esas denuncias es del familiar de una de las víctimas, quien señaló: “El motivo de mostrar las imágenes es porque necesitaban mostrar una situación de asalto a un periodista en vivo. Y justo el día del accidente le ocurrió esto al reportero del programa…pero ¿era necesario vulnerar los derechos y la dignidad de alguien que murió? ¡Eso no es ético! Porque vulnera los derechos de mi familia al ver nuevamente a nuestro familiar tendido en el asfalto de Recoleta. No hay humanidad no hay respeto”.
El CNTV constata que analizó los contenidos junto a su Departamento de Supervisión y Fiscalización, y concluyó que en el espacio conducido por Monserrat Álvarez y Julio César Rodríguez se exhibieron “una serie de contenidos susceptibles de ser calificados como revictimizantes, que podrían afectar de manera negativa e injustificada los derechos fundamentales de los deudos del fallecido, particularmente su hijo”.
“Las denuncias aluden a una sobreexposición de dichas imágenes, pudiendo afectar con ello la estabilidad emocional de los familiares del hombre fallecido, en especial su hijo, quien además había sido también víctima del trágico accidente en el año 2016”, argumentaron.
Sumaron que “si bien el hecho claramente reviste características de interés general y resulta esperable una afectación de la integridad psíquica de los familiares sobrevivientes a través de su comunicación, durante el curso de la entrega informativa fiscalizada fueron emitidas escenas complejas de ver para los familiares del fallecido, lo que conjugado con una inadecuada cobertura periodística del hecho, podría configurar una posible afectación injustificada del derecho a la honra, vida privada, intimidad e integridad psíquica del hijo -víctima sobreviviente-, desconociendo con ello la dignidad que le es inmanente”.
El ente además concluyó que “el canal no habría sido lo suficientemente diligente para prever ni detener los posibles daños que con sus imágenes podría generar en los familiares del difunto, exhibiendo la concesionaria una conducta negligente en ese sentido, por cuanto el tratamiento otorgado podría afectar en forma innecesaria y desproporcionada el derecho a la honra, vida privada, intimidad e integridad psíquica del hijo y familiares del ciclista fallecido”.
Por lo mismo, se resolvió formular cargos contra CHV por el contenido de ambas notas, “presuntamente del tipo revictimizante, cuando se informa de una situación acontecida a un periodista del canal, quien es víctima de un asalto mientras se encontraba informando de un atropello a dos ciclistas –padre e hijo-, resultando el padre fallecido, todo lo cual podría redundar en la posible afectación de la honra, vida privada, intimidad e integridad psíquica del hijo y otros familiares cercanos al difunto”.