El antiguo matinal de Canal 13 “Bienvenidos” se acabó en noviembre del año pasado, no obstante continúa penando dentro de los estudios de la estación televisiva. Todo comienza en 2021 cuando el día 20 de mayo de 2021 dieron informaciones que tienen que ver con casos policiales, en lo que justamente redunda la misma pauta de los citados espacios.
En dicha ocasión, el franjeado conducido por Tonka Tomicic, Amaro Gomez Pablos y Sergio Lagos mostró un caso de una menor de edad en San Bernardo en la que cometieron el error editorial de mencionar sus datos personales, así como mostrar un “narcofuneral” de dos hermanos asesinados en la comuna de El Bosque.
En el acta de la sesión del 15 de noviembre, el Consejo resolvió multar al canal con 100 UTM por ambas coberturas, las cuales fueron tildadas de sensacionalistas por el organismo, ya que en el primer caso “la forma en que es abordada por parte de la concesionaria tiende a causar una mayor impresión en los televidentes, tendiendo a exacerbar el impacto o impresión de la diligencia, dramatizando aún más una situación delicada, de la cual la madre de la joven informó no tener más detalles”.
El CNTV estimó que la concesionaria “otorgó un trato falto de respeto, en este caso con la madre de la adolescente, pues pese a encontrarse en un evidente estado de vulnerabilidad y alteración emocional, fue consultada insistentemente por temas que desconocía al momento en que era conducida hasta la PDI, a través de un acercamiento periodístico impertinente, por lo que sería plausible que ese trato sea reputado como lesivo a la dignidad personal de la entrevistada”.
Y en relación al funeral con técnicas delincuencial, que refleja que el problema de la inseguridad data de mucho antes de marzo de 2022, el Consejo señaló que en la nota relacionada “la manera en que es abordado por parte del misceláneo es poco respetuoso para con el reciente duelo de los familiares de los hermanos”.
Además advirtió que “no se cuestiona que las imágenes difundidas fueran dramáticas atendido su contexto, sino la manera en que son expuestas, transmitiendo en vivo y en directo la salida de los ataúdes, filmando su ingreso a las carrozas fúnebres y aplicando efectos de acercamiento, para luego captar la desesperación de familiares que, a gritos y visiblemente alterados, clamaban por justicia para las víctimas, lo que sobrepasa toda necesidad informativa”.
El canal acudió a la Corte de Apelaciones para intentar revertir la sanción de 100 UTM, no obstante en un fallo unánime la Séptima Sala del Tribunal de Alzada respaldó al Consejo, descartando un supuesto actuar arbitrario del mismo.
El fallo del Poder Judicial estableció que “se demuestra que el Consejo Nacional de Televisión se encuentra mandatado y facultado por ley para velar por que los servicios de televisión se ajusten estrictamente a un ‘correcto funcionamiento’, pudiendo aplicar las sanciones que correspondan en caso de que se infrinja dicha exigencia. Así, parte de dicho correcto funcionamiento tiene por objeto la protección de la dignidad humana, principio fundamental que se encuentra estrechamente vinculado a los derechos humanos”.
Además, respecto a ambas coberturas, la Corte aseveró que “existe un razonamiento relativo a lo que se entiende por sensacionalismo, explicando latamente los motivos por los que debe calificarse la emisión como sensacionalista”.