El Consejo Nacional de Televisión (CNTV) acordó por unanimidad formular cargos contra la concesionaria TV Más SpA debido a la emisión del programa “Sígueme” del pasado 25 de septiembre de 2025. La decisión surge tras el análisis de un segmento protagonizado por la panelista Daniela Aránguiz, quien realizó fuertes declaraciones en contra de Constanza Capelli.
Según detalla el acta de la sesión del 1 de diciembre de 2025, el organismo recibió 404 denuncias respecto a este capítulo. Los televidentes acusaron un trato ofensivo e injurioso, señalando que se le imputó públicamente a Capelli la condición de “drogadicta” y se expusieron supuestos episodios de su vida privada en un horario de alta audiencia y protección a menores.
Los hechos cuestionados
El informe del caso C-17179 describe que la situación se generó cuando el panel abordaba unas declaraciones previas de Capelli, quien había manifestado que no le gustaría compartir pantalla con Aránguiz. Ante esto, Daniela Aránguiz respondió en pantalla con una serie de descalificaciones personales.
De acuerdo con el documento del CNTV, Aránguiz expresó: “Ser un mal ejemplo es ser una mentirosa como tú, que dices que superaste tus adicciones y te tienen que sacar arrastrando de las discotecas; que eres una regalada que anda tirándole la boca a uno y otro delante de todo el mundo, y que eres una drogadicta”. Además, la panelista desafió a Capelli a realizarse un test de drogas: “Te reto a que te hagas un examen de sangre para ver cuándo fue la última vez que consumiste sustancias”.
El acta también consigna que Aránguiz realizó dramatizaciones imitando el comportamiento de una persona ebria y añadió comentarios como: “Si quieres que sean alcohólicos como tú, es tu problema”. Aunque otros integrantes del panel intentaron moderar la situación o señalaron que se trataba de vida privada, el segmento concluyó sin rectificaciones.
Argumentos del Consejo
El CNTV estimó que existen indicios de una posible vulneración al correcto funcionamiento de los servicios de televisión. En su análisis, el Consejo advirtió un “trato irrespetuoso y denigrante” por parte de la panelista, realizado de manera “liviana y jocosa”, lo que tendría la potencialidad de vulnerar la dignidad humana de la afectada.
Asimismo, la entidad enfatizó el riesgo que implica la emisión de estos contenidos en horario de protección (18:00 a 21:00 horas), ya que podría normalizar la burla y afectar el desarrollo moral de niños, niñas y adolescentes que pudieran estar en la audiencia.
La formulación de este cargo no implica una sanción definitiva inmediata, sino el inicio de un proceso sancionatorio donde TV+ tiene un plazo de cinco días para presentar sus descargos.
